El Director Regional de la Secretaría de Trabajo, Alexander Leiva, argumento que, los rubros que han aplicado al beneficio del aporte solidario del Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) a sus empleados deben de pagarlo.
Leiva, explico que, las empresas o sectores que no han detenido sus operaciones el pago del decimocuarto mes de salario acorde a la ley debió ser acreditado el 30 de junio como máximo.
A pocos días de cumplirse 120 de suspensión de contratos de trabajos a empleados hondureños, Leiva, argumento que, el empleador puede proceder a realizar despidos pero se debe de pagar el total de los derechos adquiridos del empleado.
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