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    PJE reporta cumplimiento irregular de la Ley Electoral y posible comisión de delitos durante elección

    La Plataforma Juvenil Electoral (PJE) y la Misión de Acompañantes Internacionales se movilizaron a partir de las 5:00 a.m.y con corte a las 10:00 am del día 29 de noviembre del 2021 reporta desde 10 de los 18 departamentos de Honduras sobre su ejercicio de observación.

    Durante la jornada electoral del 28 de noviembre se informa un cumplimiento irregular de la Ley y los procedimientos y electorales en Centros de Votación y Juntas Receptoras de Votos (JRV) del país, así como la posible comisión de delitos electorales.

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    Ejemplo de ello, un punto que causó disputas dentro de los Centros de Votación, fue el uso de teléfonos celulares y aparatos fotográfico al momento de emitir el sufragio; en este sentido las y los observadores reportaron 49 JRV en las que nunca (21), casi nunca (11) y ocasionalmente (17) se retiraron estos dispositivos a los electores, de un total de 89.

    Además de provocar tensiones dentro de los espacios designados para votar, el retiro de los celulares y dispositivos fotográficos está contemplado por la Ley Electoral y es un procedimiento importante para garantizar la libertad del ejercicio del voto.

    Sobre el respeto al libre sufragio, la PJE da a conocer casos de JRV en los que se detectó a activistas ofreciendo dinero a cambio de votos, siempre (9), casi siempre (7), nunca (42), casi nunca (9) y ocasionalmente (20); también se reportaron casos de activistas ofreciendo dinero a cambio de votos, siempre (4), casi siempre (7), nunca (37), casi nunca (17) y
    ocasionalmente (20).

    Adicionalmente, se observaron casos en los que personas acompañaron a electores para ejercer el voto, a excepción del voto asistido, siempre (3), casi siempre (9), nunca (20), casi nunca (18) y ocasionalmente (33) y también ocurrieron casos en los que representantes en la JRV insinuaron por quién debían votar las y los electores siempre (3), casi siempre (3), nunca (51), casi nunca (12) y ocasionalmente (19).

    Algunas de estas actividades son especialmente preocupantes porque podrían representar coacción del voto, un delito electoral contemplado en el artículo 542 del Código Penal, así como afectar la equidad de la contienda.

    CED reporta cumplimiento irregular de la Ley Electoral y posible comisión de delitos durante elección 1

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