martes, abril 16, 2024
35.1 C
San Pedro Sula
VER MAS

    CN aprueba Ley de Uso Obligatorio de Mascarillas y Aplicación de Protocolos

    La pandemia mundial del COVID-19 dejará nuevas realidades sanitarias que cada país estará en la necesidad de adoptar con el fin de impulsar protocolos de prevención y bio seguridad en cada nación.

    Ante esto el Congreso Nacional aprobó la Ley de Uso Obligatorio de Mascarillas y Aplicación de Protocolos de Bioseguridad la cual minimizará el riesgo de contagio y propagación del virus COVID-19 en el país.

    - PUBLICIDAD -

    Dicha ley busca replicar prácticas como el uso de mascarilla o cubre bocas y protocolos de bioseguridad, para todas las personas sin excepción alguna en todo el territorio nacional cuando asistan o permanezcan en lugares públicos siempre, y en privados a la que asistan más de cinco (5) personas.

    La ley aprobada por el Congreso Nacional manda básicamente al uso obligatorio de mascarillas en cualquier lugar o establecimiento público o privado en el que concentren más de cinco (5) personas para cualquier actividad.

    La normativa recalca y especifica los siguientes establecimientos: De educación pre básica, básica, media y de educación superior; de salud, públicos y privados; centros comerciales, hoteles, farmacias y demás establecimientos similares de libre acceso al público; puertos y aeropuertos; iglesias; cines, discotecas, bares, restaurantes, casinos de juego y actividades similares.

    Además, establecimientos donde se fabriquen, procesen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos; lugares de trabajo; establecimientos deportivos destinados al público como gimnasios o estadios con excepción de los deportistas mientras dure la práctica del deporte; y los asilos de personas adultos mayores.

    Quien no cumpla el uso obligatorio de mascarillas se les aplicará una multa de doscientos Lempiras (L 200.00) o la obligación de realizar trabajos comunitarios por seis horas, la primera vez, y se le dotará de una mascarilla por parte del Gobierno.

    De igual forma, los establecimientos, industrias o actividades comerciales, religiosas o deportivas señaladas deberán contar con la autorización del Poder Ejecutivo a través del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo (SINAGER) para su funcionamiento.

    Todos los establecimientos estarán obligados a aplicar y cumplir con los protocolos de bioseguridad aprobados por el Poder Ejecutivo, para garantizar la salud de los trabajadores.

    Boletín Informativo

    Suscríbase para recibir nuestro contenido más reciente.

      No le enviaremos spam. Puede darse de baja en cualquier momento.

      Ultima Hora