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    La Fiscalía Especial para la Defensa de la Constitución, declara inconstitucional la reforma del artículo 335-B

    La Fiscalía Especial de Defensa a la Constitución reitera que el artículo 335-B del Código Penal es inconstitucional.

    En otras palabras, «No se puede regular ni restringir el libre ejercicio del periodismo», dijo el portavoz del Ministerio Público Yuri Mora.

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    El dictamen de dicha Fiscalía, al que tuvo acceso www.conexihon.hn, responde al Recurso de Inconstitucionalidad contra el decreto 07-2017, emitido por el Congreso Nacional, presentado por Edy Tábora y Kenia Oliva, Director Ejecutivo y la Coordinadora del área legal de C-Libre, respectivamente, el 25 de mayo de 2017 (Día del y la Periodista en Honduras).

    La presentación del Recurso, fue respaldada por la firma de un centenar de periodistas, entre ellos el titular de la Asociación de Prensa hondureña (APH), Carlos Ortiz y por el Presidente del Colegio de Periodistas de Honduras (CPH), Dagoberto Rodríguez.

    El mismo fue admitido el 27 de junio de 2017 por la Sala de lo Constitucional.

    En uno de sus párrafos, el dictamen indica que el artículo 335-B “es producto de una adición y esta no puede ser introducida como una reconsideración al acta”.

    “Conforme a lo preceptúa el artículo 61 de la Ley Orgánica del Congreso Nacional, solo las enmiendas y correcciones pueden ser estimadas como una corrección”, cita el dictamen de la Fiscalía de Defensa de la Constitución.

    El artículo en mención de la Ley Orgánica del Poder Legislativo establece que a leerse el acta de la sesión anterior “cualquier diputado (a) puede hacer reconsideraciones para que se enmiende, en cuanto a la verdad de los hechos y se hagan correcciones de redacción”.

    Por ello, la Fiscalía Especial, en su dictamen establece que esta adición debió someterse a todo proceso formativo de la creación de la legislación, es decir, la creación de una iniciativa de ley para elaborar el dictamen y la discusión en el pleno durante tres debates.

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