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    #MP logra auto de formal procesamiento y prisión preventiva contra primeros implicados en el sonado caso Hospitales Móviles

    Tegucigalpa. Francisco Morazán. En apego a su política institucional de cero tolerancia a la corrupción, el Ministerio Público logró acreditar la participación de Marco Antonio Bográn Corrales y Alex Alberto Moraes Girón en el megafraude en la compra de siete Hospitales Móviles con los que Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H) proyectaba mejorar la atención sanitaria ante la pandemia del COVID-19, lo que resultó ser un fiasco y por lo que un Juez del Circuito Anticorrupción les decretó auto de formal procesamiento y prisión preventiva.

    Durante los cuatro días en los que se celebró la audiencia inicial, la Fiscalía Especial para la Transparencia y Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP), la Unidad Nacional de Apoyo Fiscal (UNAF) y la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) aportaron 50 contundentes medios de prueba frente a los apenas seis medios de prueba de la defensa privada de los imputados.

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    Es así que se da como hechos probados los siguientes:

    En los meses de marzo y abril del 2020, el Estado de Honduras a través de INVEST-H compró siete Hospitales Móviles para contrarrestar los efectos de la pandemia COVID-19.

    Marco Antonio Bográn Corrales y Alex Alberto Moraes Girón, con violación a los principios fundamentales de la contratación pública contenidos en el ordenamiento jurídico hondureño, realizaron la compra de dichos hospitales de manera directa y fraudulenta con el imputado Axel Gamaliel López Guzmán, Representante Legal de HospitalMoviles.com y ELMED Medical Systems INC.

    El costo de las siete unidades móviles y sus plantas de tratamiento fue sobrestimado a cuarenta y siete millones, quinientos doce mil, quinientos sesenta y cuatro dólares americanos ($ 47,512,564.00) equivalente en lempiras a mil ciento setenta y cuatro millones quinientos diecisiete mil setecientos sesenta y cuatro lempiras, con treinta y tres centavos (L. 1,174,517,764.33).

    La compra se hizo al margen de lo que establece la Ley, según contraste de oferta y de proveedores, sin garantías de calidad, sin garantía de cumplimiento, sin mantenimiento de oferta, sin un plazo fijo de instalación, sin observar la garantía de pago anticipado y sin previa autorización del Consejo Directivo de INVEST-H.

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