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    Sentencias condenatorias por conducción temeraria y por tráfico de droga obtienen fiscales contra delitos comunes

    La Fiscalía Especial Contra los Delitos Comunes de Francisco Morazán con relación a sus actividades administrativas y jurisdiccionales hace del conocimiento de la población los siguientes resultados: Auto de Formal Procesamiento con medidas distintas a la prisión preventiva le fue dictado a Margarito Mascareño, por suponerlo responsable del delito de porte ilegal de armas de fuego de uso comercial.

    Así mismo, se le dictó auto de formal procesamiento con medidas distintas a la prisión preventiva a Marvin Daniel Mendoza García procesado penalmente por la supuesta comisión de los delitos de porte ilegal de armas de fuego de uso permitido, a los anteriores, se suma el auto de formal procesamiento que le fue dictado por la supuesta comisión del delito de porte ilegal de armas de fuego y municiones al ciudadano Osman Orlando Pérez.

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    De igual forma, auto de formal procesamiento con medidas distintas a la prisión preventiva le fueron dictadas a Wilfredo Eli Maradiaga Velásquez quien fue procesado penalmente por el delito de uso de documentos falsos, mientras que, Lorenzo Antonio Núñez Fúnez recibió auto de formal procesamiento con prisión preventiva por la supuesta comisión del delito de robo con violencia o intimidación.

    Al reporte anterior se suma el auto de formal procesamiento dictado por juez competente en contra de Zanibar Bautista Zelaya Oliva acusado penalmente por la supuesta comisión de los delitos de homicidio imprudente y lesiones imprudentes, la audiencia inicial está prevista para el próximo 30 de septiembre.

    También, auto de formal procesamiento con medidas distintas a la prisión preventiva y por la supuesta comisión de los delitos de conducción temeraria y daños recibió Kennett Iván Puerto Álvarez, además José Luis Canelas Oseguera y Josué Enoc López Cruz recibieron auto de formal procesamiento por la supuesta comisión de los delitos de porte ilegal de arma de fuego, atentado y asociación para delinquir.

    Otro auto de formal procesamiento con medidas distintas a la prisión fue dictado por autoridad competente en esta oportunidad en contra de Belky Roxana Figueroa Rosales por la supuesta comisión de los delitos de conducción temeraria, lesiones y daños, mientras que Arturo Simón Sánchez Cevallos recibió auto de formal procesamiento con prisión preventiva por la supuesta comisión de los delitos de robo con violencia en su grado de ejecución de tentativa inacabada y porte ilegal de arma de fuego y municiones.

    Entre tanto que, por la vía de procedimiento abreviado fue condenado a nueve meses 75 días, multa de dos años, prueba, prohibición de visitar lugares determinados y ausentarse del lugar donde reside, el ciudadano Esdras Giovanni Aguilar Bonilla quien fue procesado penalmente por el delito de tráfico de droga, también, a tres años de cárcel fue condenado Juan Carlos López Ávila procesado penalmente por la supuesta comisión de los delitos de lesiones, daños y conducción temeraria.

    De igual manera por la vía de procedimiento abreviado fue condenado Dagoberto Campos Selaya por el delito de usurpación de personalidad de otro, mientras que, Elisa Mireira Galvez García fue condenada por la vía de procedimiento abreviado por el delito de tráfico de droga.

    Josué David Oliva Álvarez fue condenado por la vía de procedimiento abreviado tras haber cometido el delito de tráfico de droga en ese sentido debe cumplir una pena de tres años y 75 días de multa. Además, Moisés Isaac Avilez García fue condenado por la vía de procedimiento abreviado y debe cumplir una pena de tres años de prisión, un año seis meses de localización, firmar una vez al mes y vivir en el mismo lugar.

    A las condenas anteriores se suman las de: Axel Dimar Jiménez Colindres, Felipe López López, Elvin Daniel Soriano Flores, Kelvin Omar Cálix Cortez y David Exequiel Lagos Ortega condenados por el delito de tráfico de droga, entre tanto que, por el delito de robo con fuerza fueron condenados Salomón Alberto Izaguirre Izaguirre, y Carina Yamileth Lozano Bush Martínez en ese sentido deben cumplir una pena de uno año con seis meses de reclusión.

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