En el tema de independencia de poderes se menciona él por ahora extinto consejo de adjudicatura, que le daría la autonomía necesaria a la corte suprema de justicia, no obstante la constitución de la República de Honduras y su ley orgánica establecen en su artículo 2 que regulara la independencia del poder judicial en excepción de los magistrados, dicho esto, se expresa que de una u otra forma este proceso siempre tendrá tinte político.